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Nuevo Reglamento de Extranjería: ¿qué ha cambiado tras la sentencia del Tribunal Supremo?

Oct 6, 2026 | Ley de Inmigración

El nuevo Reglamento de Extranjería, aprobado mediante el Real Decreto 1155/2024, introdujo cambios relevantes en los procedimientos de residencia, trabajo y reagrupación familiar en España. Su entrada en vigor se produjo el 20 de mayo de 2025.

En 2026, el Tribunal Supremo ha declarado la nulidad de determinados preceptos e incisos del Reglamento, tras resolver varios recursos contra el Real Decreto 1155/2024.

La decisión afecta a cuestiones como la residencia de determinados menores extranjeros, algunos requisitos aplicables a familiares, la valoración de antecedentes penales y la relación electrónica con la Administración. Sin embargo, es importante aclarar desde el principio que el Tribunal Supremo no ha anulado el Reglamento de Extranjería en su totalidad. El resto de las disposiciones continúa vigente.

 

¿Qué ha decidido el Tribunal Supremo sobre el nuevo Reglamento de Extranjería?

 

La sentencia 868/2026 del Tribunal Supremo, de 8 de julio, resolvió parcialmente un recurso contencioso-administrativo presentado contra el Real Decreto 1155/2024.

La Sala declaró la nulidad de determinados preceptos relacionados, entre otras cuestiones, con la residencia de menores, determinados requisitos para familiares, los antecedentes penales y la relación electrónica con la Administración. También anuló la prohibición de que las empresas de trabajo temporal puedan ser titulares de determinadas autorizaciones de residencia y trabajo para actividades de temporada.

Posteriormente, otra sentencia del Tribunal Supremo, de 29 de julio de 2026, reiteró la nulidad del artículo 197.2 relativo a la obligación general de relación electrónica en determinados procedimientos de extranjería.

La cuestión esencial es que el Tribunal Supremo no ha dejado sin efecto el Real Decreto 1155/2024 completo. El resto de sus disposiciones continúa formando parte del marco normativo aplicable.

¿Qué aspectos del Reglamento de Extranjería ha anulado el Tribunal Supremo?

 

Protección y residencia de menores extranjeros

La sentencia afecta a determinados requisitos relacionados con menores extranjeros nacidos en España.

Entre otros aspectos, se han anulado las referencias a que determinados progenitores deban ser «solteras» o «solteros», así como el inciso que impedía aplicar el régimen previsto cuando el menor se hubiera ausentado de España desde su nacimiento.

No obstante, el auto de rectificación de septiembre de 2026 precisa que la Administración puede valorar que el menor haya mantenido su residencia efectiva habitual en España, teniendo en cuenta las ausencias temporales y justificadas. Por tanto, la sentencia no significa que cualquier ausencia tenga automáticamente las mismas consecuencias.

También se ha precisado una cuestión relacionada con la atención inmediata a determinados menores de edad incierta, eliminando del artículo 166.1 la expresión «en su caso» y estableciendo el carácter imperativo de dicha atención desde la comunicación de su localización.

Reagrupación y residencia de familiares

El Tribunal Supremo también ha eliminado determinados requisitos relativos a las relaciones familiares.

En concreto, se ha declarado nulo el inciso del artículo 94.1.f) que exigía que determinadas relaciones hubieran sido constituidas conforme al ordenamiento jurídico español. También se ha anulado un requisito equivalente previsto en el artículo 160.2.

Otro cambio afecta a la dependencia económica de determinados ascendientes. El artículo 196.b) ya no puede exigir que esta dependencia se produzca necesariamente en el país de origen o procedencia cuando el ascendiente ya se encuentra en España y puede acreditar dicha dependencia.

Estos cambios pueden resultar relevantes para familias internacionales que estén analizando sus opciones de residencia en España para extranjeros.

Antecedentes penales

La sentencia también afecta a la regulación de los antecedentes penales en determinados procedimientos.

El Tribunal Supremo ha anulado los incisos de los artículos 97.4 y 98.1 que establecían una denegación automática por antecedentes penales, sin ponderación individualizada, en los supuestos comprendidos en el artículo 20 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

Esto no significa que los antecedentes penales dejen de ser relevantes en extranjería. Significa que, en los supuestos afectados por la sentencia, no pueden producir automáticamente la denegación sin la valoración individual que corresponda.

Relación electrónica con la Administración

El Tribunal Supremo ha declarado nulo en su integridad el artículo 197.2 del Reglamento, que establecía una obligación de relación electrónica para determinadas personas físicas en procedimientos de extranjería.

La segunda sentencia dictada el 29 de julio de 2026 confirma esta nulidad. Al mismo tiempo, precisa que el Gobierno podrá establecer en el futuro una obligación de relación electrónica para determinadas categorías de procedimientos siempre que exista una justificación suficiente y se respete el principio de proporcionalidad.

 

¿Qué partes del Reglamento de Extranjería siguen vigentes?

 

El Real Decreto 1155/2024 continúa vigente. El propio texto consolidado del BOE recoge actualmente las modificaciones introducidas por el Real Decreto 316/2026 y las declaraciones de nulidad efectuadas por el Tribunal Supremo.

Esto significa que las distintas autorizaciones de residencia y trabajo, los procedimientos de reagrupación y las demás vías reguladas por el Reglamento siguen formando parte del marco jurídico aplicable.

La sentencia tampoco elimina los requisitos generales para obtener residencia en España siendo extranjero. Lo que hace es retirar determinados requisitos o interpretaciones concretas que el Tribunal Supremo ha considerado contrarios al ordenamiento jurídico.

 

¿Qué ocurre con el régimen de familiares de ciudadanos españoles?

La sentencia afecta a determinados requisitos relacionados con familiares, pero no elimina el régimen de residencia de los familiares de ciudadanos españoles.

Por tanto, quienes tengan un cónyuge, pareja, ascendiente, descendiente u otro familiar que sea ciudadano español deben seguir analizando cuál es el régimen jurídico que corresponde a su situación y qué requisitos son aplicables.

Los cambios introducidos por el Tribunal Supremo pueden ser relevantes en determinados supuestos, especialmente cuando el expediente depende de alguno de los requisitos que han sido anulados. Pero no significa que todos los familiares de ciudadanos españoles vean modificada su situación.

 

¿Qué ocurre con el arraigo y los solicitantes de asilo?

La sentencia del Tribunal Supremo no supone la desaparición de las distintas modalidades de arraigo ni modifica de forma general las vías de residencia para las personas que hayan solicitado protección internacional.

Además, parte de la regulación del Reglamento ya había sido modificada por el Real Decreto 316/2026, que, entre otras cuestiones, derogó la disposición transitoria quinta del Real Decreto 1155/2024 y modificó otros preceptos.

Por ello, las personas que hayan solicitado asilo, hayan visto denegada su solicitud o estén estudiando una vía de arraigo deben analizar su situación conforme a la normativa vigente y a la fecha concreta de su procedimiento.

No sería correcto interpretar la sentencia como una apertura automática de nuevas vías de residencia para todos los solicitantes de protección internacional.  

 

¿Cómo pueden afectar estos cambios a quienes quieren residir en España?

El alcance práctico de la sentencia dependerá del perfil de cada persona. Los cambios afectan directamente a determinados procedimientos, pero no todos los extranjeros que quieren trasladarse a España se encuentran en una situación modificada por la resolución.

Personas que quieren trasladar su residencia a España

Para una persona que todavía está planificando su traslado, la sentencia es solo uno de los elementos que deben considerarse.

España cuenta con distintas vías de residencia y la elección depende de factores como la actividad profesional, los recursos económicos, la nacionalidad, los vínculos familiares y el proyecto personal.

Por ello, antes de iniciar un procedimiento, conviene determinar qué autorización se ajusta realmente al perfil del solicitante, en lugar de elegir una vía únicamente porque haya experimentado cambios recientes.

Profesionales y trabajadores cualificados

Los profesionales altamente cualificados pueden acceder a vías específicas de residencia y trabajo cuando cumplen los requisitos correspondientes.

La sentencia del Tribunal Supremo no elimina estas vías. Para un profesional que está valorando trasladarse a España, será más relevante analizar su situación laboral, su cualificación, la empresa para la que trabajará y las características de la actividad que desarrollará.

Los cambios de la sentencia pueden tener relevancia si el expediente concreto se encuentra dentro de alguno de los preceptos anulados, pero no modifican de forma general todos los requisitos aplicables a los profesionales extranjeros.

Nómadas digitales

Los nómadas digitales cuentan con un régimen específico para determinados profesionales que desarrollan su actividad a distancia.

La sentencia sobre el Reglamento de Extranjería no supone una modificación general del régimen específico aplicable a estos profesionales. Por ello, una persona que trabaja remotamente para empresas o clientes internacionales debe analizar principalmente si cumple los requisitos de esta vía y cuál es la modalidad de solicitud que corresponde.

La actualidad del Reglamento no significa que todas las modificaciones judiciales tengan un efecto directo sobre los visados para nómadas digitales. 

Empresarios e inversores

Los empresarios e inversores también deben distinguir entre los cambios concretos introducidos por la sentencia y las distintas opciones migratorias disponibles.

La estrategia puede variar considerablemente dependiendo de si la persona pretende crear o adquirir una empresa, desarrollar una actividad profesional, invertir, trasladar un negocio existente o establecer su residencia fiscal y personal en España.

En estos casos, la planificación migratoria puede necesitar coordinarse además con cuestiones mercantiles, fiscales y patrimoniales.

Familiares de ciudadanos españoles

Los familiares de ciudadanos españoles constituyen uno de los perfiles para los que la sentencia puede tener mayor interés, ya que algunos de los preceptos anulados afectan a requisitos relativos a determinadas relaciones familiares y a la dependencia económica de ascendientes.

Sin embargo, no todos los expedientes familiares están afectados.

La relevancia práctica dependerá del tipo de vínculo, de dónde se encuentre el familiar, de cómo se haya constituido la relación y de la autorización que se pretenda solicitar.

 

¿Necesito revisar mi estrategia migratoria tras estos cambios?

No todas las personas extranjeras necesitan modificar su estrategia migratoria por las sentencias del Tribunal Supremo.

La cuestión principal es determinar si alguno de los preceptos anulados afecta realmente a su situación. Para quienes están preparando su traslado a España, puede ser incluso más importante elegir correctamente la vía de residencia desde el principio.

La opción adecuada puede depender de la situación familiar, la actividad profesional, el nivel de ingresos, el patrimonio, la nacionalidad y los objetivos a medio y largo plazo.

Una estrategia migratoria bien planteada permite valorar no solo cómo obtener una autorización de residencia, sino también cómo encaja esta decisión con el proyecto profesional, familiar y patrimonial del solicitante.  

 

Preguntas frecuentes sobre el nuevo Reglamento de Extranjería

 

¿El Tribunal Supremo ha anulado el nuevo Reglamento de Extranjería?

No. El Tribunal Supremo ha declarado la nulidad de determinados artículos e incisos, pero ha desestimado las restantes pretensiones de nulidad. El Real Decreto 1155/2024 sigue vigente con las modificaciones y anulaciones correspondientes.

¿Qué cambios introduce la sentencia?

Entre otros, afecta a determinados requisitos relativos a menores extranjeros, familiares, antecedentes penales y relación electrónica con la Administración. También se ha declarado nulo el párrafo que impedía que las empresas de trabajo temporal fueran titulares de determinadas autorizaciones de residencia y trabajo para actividades de temporada.

¿Sigue vigente el Real Decreto 1155/2024?

Sí. Continúa siendo el Reglamento de Extranjería aplicable, aunque su contenido debe interpretarse teniendo en cuenta las modificaciones normativas y las declaraciones de nulidad del Tribunal Supremo.

¿Cómo afecta a los familiares de españoles?

Puede afectar a determinados supuestos relacionados con las relaciones familiares y la dependencia económica de ascendientes, pero no modifica automáticamente la situación de todos los familiares de ciudadanos españoles. Es necesario analizar cada procedimiento.

¿Cómo afecta a las solicitudes de residencia?

Si una solicitud se basa en alguno de los requisitos que han sido anulados, la sentencia puede tener relevancia para su análisis. En el resto de procedimientos, continúan siendo aplicables los requisitos correspondientes a cada autorización.

¿Los cambios afectan a los nómadas digitales?

No existe una modificación general del régimen de nómadas digitales como consecuencia de estas sentencias. Los interesados deben seguir analizando los requisitos específicos de esta vía.

¿Qué deben hacer quienes están preparando su residencia en España?

Lo recomendable es determinar primero cuál es la vía de residencia adecuada y comprobar los requisitos vigentes en el momento de presentar la solicitud.

La sentencia del Tribunal Supremo es relevante, pero no sustituye el análisis individual de la situación migratoria.

Las sentencias del Tribunal Supremo sobre el nuevo Reglamento de Extranjería introducen cambios relevantes, pero no suponen la anulación completa del Real Decreto 1155/2024. 

El marco general de extranjería continúa vigente, mientras que determinados requisitos concretos han sido eliminados o deben interpretarse de acuerdo con los criterios establecidos por el Tribunal.

Para quienes quieren establecerse en España, la cuestión más importante no es únicamente conocer qué ha cambiado en la normativa de extranjería, sino saber cómo esos cambios interactúan con su situación personal, familiar y profesional.

En Asa Hutchinson Group, asesoramos a particulares, familias, profesionales, empresarios e inversores internacionales en materia de inmigración, residencia y movilidad internacional en España, coordinando, cuando es necesario, los aspectos legales, fiscales y patrimoniales de su proyecto.

Si estás valorando trasladar tu residencia a España o necesitas saber cómo afectan estos cambios a tu situación, contacta con nuestro equipo de asesores para analizar tu caso y orientarte sobre la vía migratoria más adecuada.